jueves, 23 de diciembre de 2010

Entre la ley y la justicia Carlos Murillo Abogado


El Estado moderno se funda en la legalidad, a eso le llamamos estado de derecho. El punto de quiebre de la historia nos ubica en la revolución francesa donde, ante el hartazgo del régimen totalitario de la monarquía, se obliga a la secularización como fenómeno de una sana separación entre el Estado y la iglesia –esta última principal sustento ideológico del rey–.

En las teorías liberales era indispensable razonar en torno al respeto irrestricto de la ley; de aquí nacen expresiones como “la ley no se discute, se acata” o “la ley es la ley”, algo que para los juristas será estudiado como el positivismo moderno.

El nuevo modelo nos trajo hasta aquí. Hoy en día seguimos los mismos cánones del Estado de derecho moderno francés, aunque los estudiosos de la ciencia jurídica afirman que vamos transitando a un nuevo esquema donde la constitución se convierta en el eje central y ordenador del derecho ¿no sucedía esto antes? No. Las violaciones a la constitución son reiteradas y sistemáticas, es más probable que se lastimen las garantías individuales a que se respeten, estamos en un estado de excepción de facto que nos tiene en el limbo jurídico.

Hace años una agente aduanal decía que en materia fiscal “memorándum mata constitución” y así es, porque en gran medida las resoluciones de autoridades de carácter menor se anteponen a la ley fundamental; esto ocurre desde un escritorio cualquiera que puede plantarse encima de la norma constitucional sin mayor recato cívico.

Entonces la impunidad comienza desde el propio Estado. Piense usted en los retenes justificados con un argumento pragmático y probablemente legal, por ejemplo los militares cuando anuncian a sus víctimas que están aplicando la “Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos” y concluyen su perorata diciendo: “es por su seguridad joven”. ¿Y el artículo 14 constitucional? En el papel.

Ahora bien, para el caso Rubí que tanto se ha mencionado, los jueces obraron en apego irrestricto de la ley, es decir aplicaron la norma con el rigor que –al menos en el discurso legalista– se debe aplicar. Entonces ¿obraron correctamente? Pues aplicaron la norma en el viejo silogismo del Estado de derecho ¿y la justicia? La abandonaron en aras del derecho.

Y el gobernador César Duarte ha dicho que el sistema de justicia es poroso. Y lo es. Pero no solamente el nuevo sistema de justicia penal que está en agonía, es poroso, también el sistema tradicional y el modelo del estado de derecho en general mientras privilegie la disposición menor por encima de la Constitución y deje de lado a los principios como la justicia, la equidad y la libertad.

¿Entonces los jueces hicieron lo correcto? No. Debieron atender a principios más allá de la legalidad con los elementos que están a disposición del juzgador. Es la tragedia de Rubí un caso trágico por sus elementos, que tal vez tenga que ser estudiado a la luz de la academia para encontrar otras respuestas, por lo pronto se ha convertido por sí mismo en un caso de culto mediático para una sociedad que brama por justicia.

Menos buscado que el Código Penal y más allá de la legalidad, existe un decálogo ético del abogado que nos es legado por el jurista uruguayo Doctor Eduardo J. Couture que reza en una de sus vértebras “Lucha: tu deber es luchar por el derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el derecho y la justicia, lucha por la justicia”.

Ya se nos había olvidado.

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