lunes, 1 de mayo de 2017

“Ley Televisa II”, la nueva contrarreforma

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Representantes y especialistas de 16 organizaciones civiles dedicadas al derecho a la información realizaron entre el 25 y 27 de abril un último intento para frenar la aprobación en el pleno de la Cámara de Diputados del dictamen de reformas a 10 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que benefician ampliamente a los concesionarios y mutila atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
Buscaron al coordinador de los 109 diputados federales de la bancada del PAN, Marko Cortés Mendoza. Le expresaron sus argumentos, cuestionaron que el legislador y vicecoordinador Federico Döring haya presentado la iniciativa, que fue aprobada sin debate alguno en la Comisión de Radio y Televisión el 5 de abril pasado, y le hicieron ver que violaba el artículo 6 constitucional, el cual prohíbe expresamente “la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.
“Sólo sabemos que es una orden de Ricardo Anaya”, atajó Marko Cortés.
Muchos legisladores del PAN que se oponían a que su voto se sumara a los del PRI y a los del Partido Verde hicieron un intenso cabildeo para frenar la llamada Ley Televisa-Döring. Intervinieron personajes como el exsecretario de Gobernación Santiago Creel, cercano a Anaya, y la exsecretaria del PAN y actual diputada federal Cecilia Romero, entre otros. Fue inútil. Testimonios recabados por Proceso coinciden en que la respuesta fue la misma: “la orden viene directamente de Anaya”.
El dirigente nacional del PAN, precandidato a la presidencia de la República e involucrado en la campaña de Josefina Vázquez Mota a la gubernatura del Estado de México guardó silencio. No recibió las llamadas de los dirigentes de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) ni de la Asociación Mexicana de Defensorías de la Audiencia (AMDA) ni de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC).
Estas organizaciones, junto con otras 11 que incluyeron a Artículo 19, Obervatel y Fundar, leyeron en San Lázaro un comunicado para exponer su oposición a lo que llamaron “un albazo” legislativo.
“Esta contrarreforma se hace con la anuencia de los dirigentes de los partidos mencionados en vísperas de importantes procesos electorales del país, con lo cual se hace evidente que dichos partidos y sus representantes en el Congreso están vendiendo los derechos de la sociedad mexicana a cambio de los favores de las televisoras y grupos de radio comerciales, otorgándoles a particulares privilegios indebidos y en contra del interés común”, sentenciaron las organizaciones al final de su comunicado.
El coordinador de los 207 diputados federales priistas, César Camacho, astutamente se escabulló. Cuando fue cuestionado por la prensa en la Cámara de Diputados sólo dijo que escucharían las posiciones que se dieran en el pleno.
Del lado priista, la orden venía de muy arriba y era muy clara: votar a favor de este dictamen. El consejero jurídico de Los Pinos, Humberto Castillejos, cabildeó intensamente para que esta reforma se aprobara también en el Senado antes de que terminara el periodo ordinario de sesiones. El senador panista Roberto Gil Zuarth se unió en esta presión, pero sólo consiguieron aprobarla en la Cámara de Diputados.
Castillejos fue el artífice de una controversia constitucional presentada ante la Suprema Corte de Justicia por la propia Presidencia de la República para determinar si el IFT tiene las atribuciones necesarias para regular y sancionar a los concesionarios de radio y televisión en materia de derechos de las audiencias.
También el Senado presentó otra controversia, firmada por el presidente de la Mesa Directiva, Pablo Escudero, del Partido Verde, y apoyada por el PRI y algunos legisladores del PAN.
El resultado del “albazo” legislativo y del pacto entre Anaya y las televisoras fue que ocho diputados federales del PAN votaron en contra en lo general, y seis se abstuvieron. La votación fue 288 votos a favor, 114 en contra y 10 abstenciones.
Los panistas que sumaron su voto en contra, junto con los del PRD, Morena y Movimiento Ciudadano fueron Jorge López Martín, vicecoordinador de difusión; Eloísa Talavera Hernández, vicecoordinadora de proceso legislativo, así como los legisladores Mayra Angélica Enríquez, Patricia García, Wenceslao Martín Santos, Luis Fernando Mesta Soulé, Angélica Moya Martín y Gerardo Federico Salas Díaz.
A varios de los panistas se les prometió que durante la discusión en lo particular se haría un cambio al artículo 311 para precisar las sanciones que el IFT puede aplicar, en especial por el “espoteo simulado”, como lo argumentó el diputado Jorge Triana.
“Hay tres supuestos en donde puede haber una sanción por parte del IFT: no contar con el Código de Ética, no registrarlo debidamente, no contar con su defensor respectivo de las audiencias, y esta tercera, que es el espoteo simulado”, afirmó Triana al referirse a la venta de publicidad disfrazada de información.
La aplanadora del PRI y del Verde se opuso a esta modificación. En lo particular hubo más votos en contra, provenientes de la bancada del PAN: 192, frente a 208 a favor y nueve abstenciones.
Involución legislativa
El dictamen aprobado modifica la prohibición absoluta dispuesta en el artículo 6 constitucional de que los concesionarios de radio y televisión presenten como información lo que es propaganda o publicidad encubierta. El dictamen elimina la obligación de los concesionarios de distinguir publicidad de información, y únicamente la constriñen a la programación infantil.
“Se entenderá que se transmite publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o cometario editorial cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante, sin que tal circunstancia se haga del conocimiento de la audiencia. En su Código de Ética, los concesionarios señalarán los elementos y prácticas que observarán para prevenir y evitar incurrir en la prohibición a que se refiere esta fracción”, señala el nuevo párrafo de la fracción IV del artículo 256.
La nueva redacción restringe esta distinción sólo a los programas noticiosos (dejando la posibilidad de hacerlo en programas de entretenimiento o espectáculos) y establece “el principio de autorregulación” de los concesionarios de radio y televisión.
Para el presidente de la AMEDI, Jorge Fernando Negrete, esta modificación es “la nuez” de la contrarreforma porque tiene tres implicaciones: “Hay un tema de desproporcionalidad entre la libertad de expresión y los derechos de las audiencias que acabó favoreciendo a los concesionarios; les otorgan un nuevo derecho que les permitirá la venta de publicidad disfrazada de contenido sin que exista autoridad que los regule, y hay una implicación política porque volvemos a la etapa de connivencia entre los dirigentes de los partidos y los concesionarios”.
En entrevista con Proceso, Negrete criticó que se deje al arbitrio de los propios concesonarios emitir su Código de Ética, “que se remite a ellos mismos y no permite que ninguna autoridad intervenga”.
Las reformas también supeditan al defensor de las audiencias a los intereses de los concesionarios de radio y televisión. Al mismo tiempo, eliminan la orden de que estos defensores se ajusten a los principios de “imparcialidad e independencia”.
“Los concesionarios designarán libremente al defensor de las audiencias, sin que el instituto (IFT) u otra autoridad tenga facultades para intervenir u opinar de manera previa o posterior a ello”. Así quedó el nuevo artículo 259.
La reforma deroga las sanciones derivadas de “no cumplir con los lineamientos de carácter general que emita el instituto (IFT) sobre las obligaciones mínimas para los defensores de las audiencias”, indicadas en el artículo 311, y también deroga la atribución de aplicar la “suspensión precautoria de transmisiones” (artículo 15 fracción 61).
Aleida Calleja, dirigente de la AMARC, expuso en la Cámara de Diputados los puntos más negativos de esta contrarreforma:
Además de eliminar la independencia de los defensores de audiencia, “se deroga la atribución de determinar suspensión precautoria de transmisiones (artículo 15, fracción 61), que con una adenda de último minuto sólo aplicará para las audiencias infantiles”.
“Al conculcarle estas atribuciones al IFT, en la práctica se deja en manos del Ejecutivo federal la facultad de reglamentar en la materia bajo criterios del gobierno en turno de manera discrecional, cuando el avance legal fue que dicha reglamentación fuera facultad de un órgano autónomo colegiado”, afirmó Calleja.
El pobre debate
Durante la discusión del jueves 27 de abril, la diputada Lía Limón García, presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, afirmó que era “absolutamente falso” que el dictamen se haya aprobado “en lo oscurito”, al igual que la adenda.
Legisladora del Partido Verde, Limón García defendió así el dictamen: “Aseguramos la libertad editorial de los comunicadores, reporteros y periodistas, así como la libre difusión de las ideas y opiniones”, y recordó que estas reformas fueron aprobadas por 14 votos a favor y tres en contra, pero no mencionó que el diputado Clemente Castañeda, del MC, quien presentó otra iniciativa para eliminar la distinción entre “opinión editorial” e “información”, se deslindó del contenido final del dictamen.
En contra del dictamen, el diputado del PRD Guadalupe Acosta Naranjo advirtió que se repitió el mismo mecanismo del “albazo legislativo” que se provocó durante la Ley Televisa, en 2006.
“No me vengan a decir que vienen a defender la libertad de expresión los del PAN”, afirmó Acosta Naranjo. “Están sirviendo a los intereses de Televisa y de TV Azteca. En vez de esperar a que la controversia se resuelva en la Suprema Corte de Televisa, vienen con este albazo”, agregó.
Por su parte, Virgilio Caballero, diputado federal de Morena, reclamó que este dictamen se haya discutido “en lo oscurito”. “Morena no será comparsa de una grave contrarreforma, en lo que muchos expertos ya han bautizado como una segunda edición de la Ley Televisa”, sentenció el también exdirector del Canal del Congreso, del que fue fundador.
El diputado panista Gerardo Gabriel Cuanalo Santos argumentó a favor de la iniciativa al señalar que en diciembre de 2016 el IFT publicó una serie de lineamientos en los que se “extralimitaron” en sus facultades, por lo que afirmó que el IFT “intenta constituirse en un órgano autoritario y se autoproclama para sancionar la libre manifestación de las ideas”. En la desmesura, comparó los lineamientos del IFT –que nunca se aplicaron– con la censura en Venezuela.
El coordinador del partido Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda, presentó una moción suspensiva del dictamen con el argumento de que esta ley “prácticamente pretende derogar la atribución que la propia Constitución, en su artículo 6, le mandata al IFT como organismo constitucional autónomo para tutelar los derechos de las audiencias y establecer los mecanismos para su protección”.
Castañeda criticó la “apresurada aprobación” del dictamen y destacó “el intenso debate público sobre los alcances y el posible impacto negativo de dicha reforma”. Consideró que ésta “elimina de facto los mecanismos que hacen posible proteger los derechos de las audiencias”.

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