lunes, 7 de marzo de 2011

Presuntos culpables Miguel Ángel Granados Chapa Periodista


Distrito Federal– Casi un mes después de otorgada la autorización para que el documental Presunto culpable fuera exhibida en lugares públicos, Víctor Manuel Reyes Bravo solicitó amparo contra ese acto de autoridad, ejecutado por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación. Una jueza federal admitió la demanda y otorgó la suspensión provisional, para cuyo efecto ordenó que la autoridad responsable “prohíba la distribución, proyección y publicidad” de ese filme.

Se trata de un mandamiento judicial de imposible realización.

La ley faculta a RTC a autorizar, o negar la autorización para que un material cinematográfico se proyecte en salas de exhibición, pero no le da atribuciones para lo contrario, ya no digamos quitar de la cartelera, sino ni siquiera desautorizar lo autorizado.

Ante tal circunstancia, la secretaría de Gobernación solicitó a la juzgadora –Yolanda Lobo, del juzgado 12º.de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal– una precisión sobre los alcances de la suspensión provisional, ya que es imposible de cumplir en una interpretación literal y lineal de sus términos.

Como está próxima la audiencia en que se concederá o negará la suspensión definitiva, es probable que la cinta de Layda Negrete y Roberto Hernández no sufra afectación alguna y se haya exhibido durante este fin de semana como en los días anteriores, a partir de su estreno el 18 de febrero.

No se habrá concretado, de ese modo, ningún acto de censura, es decir de una acción jurídica proveniente de un órgano estatal destinado a impedir la difusión pública de un documento.

Hay que tener presente, por lo demás, que la autorización que expide RTC se limita sólo a la exhibición pública, pero no hay mecanismo jurídico alguno que impida la libre circulación de otros medios de registro gráfico –el dvd en este caso, por ejemplo– y su utilización por particulares.

Lo que el quejoso o quien lo indujo a serlo persigue al acudir al amparo es imposible por esa vía.

El demandante en el juicio de garantías, Víctor Manuel Reyes Bravo, alega que se grabó o filmó su imagen sin su autorización y que la difusión de su conducta ante una autoridad judicial lo pone en riesgo de sufrir “desprestigio, vejaciones, humillaciones, burlas y amenazas”.

El quejoso tuvo un papel determinante en el juicio penal que condenó a José Antonio Zúñiga a veinte años de prisión por homicidio.

El testimonio de Reyes Bravo, primo de la víctima, condujo al juez a declarar culpable a Zúñiga, sin considerar que otros testigos declararon haberlo visto en un lugar distante del de la comisión del crimen a la misma hora en que este se perpetró.

Reyes Bravo no se mantuvo en su testimonio original y en el careo con Zúñiga aceptó que no lo había visto privar de la vida a su pariente, a diferencia de lo dicho inicialmente. Que se le muestre en ese incómodo papel es el motivo de su demanda de amparo.

Sin incurrir en suspicacias infundadas, es posible conjeturar que Reyes Bravo no actuó espontáneamente, por su propia iniciativa, al acudir a la justicia federal en defensa de sus derechos.

El testigo y quejoso es, por los varios indicios que lo retratan, un ciudadano promedio, muy probablemente alejado de nociones jurídicas como el derecho a la propia imagen y el respeto a la intimidad.

Es también probable, por lo tanto, que alguien lo haya impulsado a presentar esta demanda de amparo, contra un acto de autoridad, destinado a impedir que el documental de marras continúe en exhibición.

Si Reyes Bravo pretendiera realmente, como dice, proteger su imagen, y si tuviera la orientación jurídica pertinente, hubiera acudido a un juicio civil en defensa de sus derechos de personalidad.

Podría alegar que su honra ha sido puesta en entredicho y demandado a un juez que lo resarza de ese daño.

Y hasta podría pretender una indemnización por las lesiones sufridas en su reputación o en el aprecio que los demás tienen de sí mismos.

Difícilmente puede suponerse que se pretendió censurar la cinta, que retrata con gran puntualidad, siguiendo paso a paso un proceso penal, los meandros del actual sistema de juzgamiento criminal. En sentido contrario basta tener presente la profusa difusión publicitaria conseguida en buena hora por los autores del documental, una joven pareja dotada de talentos jurídico y cinematográfico que actualmente cursa posgrados en la Universidad de California, en Berkeley.

El Consejo de la Judicatura Federal, según ha informado con motivo de este episodio, y para puntualizar su postura, lo exhibió ante miembros de la carrera judicial.

Y aun la Secretaría de Gobernación distribuyó por su cuenta grabaciones del documental antes de su estreno.

Puede suponerse, por lo tanto, que indujeron a Reyes Bravo a solicitar amparo personas o instituciones que se sienten afectados por la difusión de esta prueba palmaria de las torceduras de la justicia del fuero común.

El título del documental sintetiza claramente una deformación capital del actual sistema de procuración y administración de justicia, cuyos practicantes son renuentes al cambio, porque les demanda una reconstrucción profesional que no están dispuestos a emprender.

Agentes del ministerio público y juzgadores rutinarios, apoltronados en sus costumbres viciadas resultan exhibidos por esta alumbradora película.

En ese espacio social, conjeturo, se fraguó este intento, que resultará fallido, de impedir la difusión de esta denuncia fílmica, propósito al que no se sumará la jueza duodécima.

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