jueves, 28 de enero de 2010

Está claro para quienes gobiernan : "Impugna la PGR matrimonios gay "



Argumenta que las uniones entre personas del mismo sexo y la adopción de menores por parte de éstas contravienen el principio de legalidad, pues la reforma se aparta de la protección a la familia.

Jue, 28/01/2010 - 04:58

Para la Procuraduría, la Ley de Sociedades en Convivencia tutela los mismos derechos. Foto: Jesús Quintanar México.- La Procuraduría General de la República impugnó ante la Corte la ley que permite los matrimonios entre personas del mismo sexo y la adopción de menores por parte de éstos, estatuto que aprobó la mayoría perredista de la ALDF.

Tras presentar una acción de inconstitucionalidad, la representación social de la Federación argumentó que las reformas a los artículos 146 y 391 del Código Civil para el Distrito Federal, que regulan las figuras del matrimonio y la adopción, violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la acción de inconstitucionalidad, la PGR señaló que el artículo 146 del citado código contraviene el principio de legalidad, pues la reforma se aparta del fin constitucional de protección de la familia concebida expresamente por el Poder Constituyente Permanente en 1974.

De igual manera, la modificación que realizó la ALDF parte de la tesis de que no existía protección legal del ejercicio de los derechos de las parejas integradas por personas del mismo sexo y que desean fundar una familia.

“Ello no es exacto, pues en el Distrito Federal existe, desde 2006, la institución jurídica de la sociedad de convivencia, que tutela prácticamente los mismos derechos que el matrimonio, salvo los relacionados con la procreación y la descendencia”, puntualizó la PGR.

A su vez, el Ministerio Público Federal consideró que la reforma se aleja del deber estatal de salvaguardar el interés superior del niño, cuya supremacía ordena la Constitución federal y cuyos alcances establecen los tratados internacionales y han interpretado los propios tribunales mexicanos.

“Todo lo anterior, con independencia de los conflictos jurídicos que la reforma genera en el resto de las entidades federativas que conforman la República e, incluso, frente a la Federación, además de que trastoca el sistema federal y las instituciones del derecho de la familia”, añadió.

Por lo que hace a la adopción, prevista en el artículo 391 del reformado Código Civil para el Distrito Federal, la Procuraduría General de la República lo consideró inconstitucional porque no cumple con el principio de legalidad al no haber tomado en cuenta la supremacía del interés superior del niño, colocado por encima de cualquier otro derecho y porque omitió considerar que todo menor tiene derecho al modelo de familia concebido expresamente por el Poder Constituyente Permanente en el dictamen de la reforma de 1974 a tal dispositivo constitucional.

Este es el primer recurso que se promueve contra la legislación aprobada en diciembre pasado por la mayoría perredista, y que generó un debate entre los diversos círculos de la sociedad, principalmente de la Iglesia católica, que ha demandado dar marcha atrás a dicha ley.

En tanto, la CNDH descartó interponer una acción de inconstitucionalidad contra la legalización de los matrimonios gay.

“Hemos analizado el asunto con cuidado desde el punto de vista jurídico y nos parece que debe garantizarse el ejercicio de los derechos y libertades de todas las personas, sin distinción alguna; en virtud de ello, he considerado no interponer la acción correspondiente”, confirmó el ombudsman Raúl Plascencia.

Rubén Mosso y Fernando Damián

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